Pregúntele a Larry: ¿En qué mes el Seguro Social considera que tengo 62 años?
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La columna del Seguro Social de hoy aborda preguntas sobre cómo y cuándo el Seguro Social determina cuándo alguien cumple 62 años, presenta la solicitud de beneficios de jubilación en la FRA antes de los beneficios del cónyuge y los beneficios de sobreviviente. Beneficios de jubilación retrospectivos antes de los beneficios. Larry Kotlikoff es profesor de economía en la Universidad de Boston y fundador y presidente de Economic Security Planning, Inc.
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¿En qué mes el Seguro Social me considera de 62 años?
Hola Larry, El sitio web del Seguro Social dice que si tu fecha de nacimiento es cualquier día posterior al segundo día del mes, no tienes esa edad durante todo el mes. Puede comenzar sus beneficios a partir del próximo mes. Su respuesta a la pregunta anterior dice que puede comenzar sus beneficios en el mes en que desea comenzar los beneficios de jubilación. ¿Qué es lo correcto? gracias, chris
Hola Chris, con respecto a los beneficios de jubilación del Seguro Social, la única vez que hay una cierta edad para un mes completo es cuando una persona cumple 62 años. El primer mes en que puede cobrar los beneficios de jubilación es el primer mes en que cumple 62 años durante un mes completo. El Seguro Social cuenta como personas que alcanzan su próxima edad el día antes de su cumpleaños, por lo que, por ejemplo, una persona nacida el 2 de noviembre de 1960 puede reclamar beneficios de jubilación hasta noviembre de 2022.
Puede reclamar los beneficios de jubilación cualquier mes después de cumplir 62 años, en cuyo caso su fecha de nacimiento es irrelevante al calcular su tasa de beneficio a menos que haya nacido el primer día del mes. En ese caso, el Seguro Social asume que alcanzó su próxima edad el último día del mes anterior a su cumpleaños.
Por ejemplo, si una persona alcanza la edad plena de jubilación (FRA, por sus siglas en inglés) el 29 de noviembre de 2022 y reclama los beneficios de jubilación en cualquier día de noviembre de 2022, se le pagará la tasa completa de beneficios de jubilación no relacionada. Mejor, Larryu
¿Tendría sentido que mi esposa solicitara sus propios beneficios ahora?
Hola Larry, tengo 63 años y mi esposa tiene más de 65 años y es elegible para el Seguro Social. Si ahora trabajo a los 70, su salario será menor, ~1100 por mes y mi estimación es de ~4000 dólares. Ambos trabajamos, aunque su ingreso es variable como consultor.
Dado el ligero aumento de esperar a 70, ¿valdría la pena presentar la solicitud ahora? Entiendo que ella realmente puede recibir beneficios conyugales en base a mi historial laboral y me gustaría comprender la posibilidad y cómo solicitarlo. gracias, ronaldo
Hola Ronald, no sé qué tan cerca está tu esposa de su plena edad de jubilación (FRA). Pero sí, según los montos mencionados en su pregunta, parece que su esposa querrá reclamar sus beneficios de jubilación de manera efectiva después del mes en que alcance la Edad de jubilación completa (FRA).
Cuando solicita sus beneficios de jubilación, su esposa puede solicitar beneficios conyugales adicionales, que luego se calcularán restando su suma asegurada primaria (PIA) del 50% de su PIA. El PIA de una persona es igual a su tasa de beneficio de jubilación del Seguro Social si comienza a recibir sus beneficios a la edad plena de jubilación (FRA).
Si su esposa esperó hasta los 70 años para comenzar a recibir sus propios beneficios, su tasa conyugal adicional final se calcularía restando el 50 % de su PIA a su tasa de 70 años. Por lo tanto, si el 50 % del PIA de su esposa será más alto que la tasa de su propia esposa, incluso si espera hasta los 70 años para comenzar a cobrar, el monto del beneficio conjunto de su esposa aumentará una vez que reciba un beneficio conyugal adicional. si comienza a sacar FRA o 70 en su propio beneficio.
Parece que usted y su esposa podrían considerar usar el software de mi empresa: maximizar mi seguridad social o maximizar planificador Para garantizar que su familia obtenga el mayor beneficio de por vida. Las calculadoras del Seguro Social provistas por otras compañías u organizaciones sin fines de lucro pueden dar sugerencias razonables si están diseñadas con sumo cuidado. Mejor, Larryu
Si mi esposa y yo esperamos hasta los 70 años para reclamar nuestros beneficios, pero si muero antes, ¿puede mi esposa reclamar nuestros propios beneficios retroactivamente durante seis meses? y luego comenzar los beneficios de viudedad?
Hola Larry, mi esposa y yo tenemos básicamente la misma edad y ambos acabamos de llegar a FRA, su beneficio de jubilación de FRA es de aproximadamente $1,600 y el mío es de aproximadamente $2,400. No tenemos planes de reclamar a ninguno de nosotros hasta los 70. ¿Habrá un pago mensual a mi muerte? gracias, arnold
Hola Arnold, sí, dado que en el escenario que presentas, tu esposa tendría al menos seis meses más de su plena edad de jubilación (FRA) en el momento de tu muerte, tendría seis meses de beneficios retroactivos en su cuenta Puede presentar y luego reclamar viudedad en el mes de su muerte.
y siempre que no haya comenzado a recibir sus beneficios al momento de su muerte, la tasa de viudedad de su esposa se calculará sobre la base de la cantidad que le habría sido pagada si hubiera tomado su beneficio a partir del mes de tu muerte comenzó a recibir de Best, Larryu